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Servicio
reducido por mora

En función del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 311/2020 y las Resoluciones del Ministerio de Desarrollo Productivo 173/2020 y ENACOM 367/2020, conocé acá las condiciones del servicio de Internet o TV. Más información en www.formularioenacom.gob.ar.

Detalle del servicio reducido de TV e Internet
TV 68 Canales - Internet 2MB

El art 6 de la Res 367/2020 de la Enacom dice:

ARTÍCULO 6º. Las empresas prestadoras de los servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV por cable, por vínculo físico, radioeléctrico o satelital deberán dar adecuada publicidad a las disposiciones del DNU Nº311/2020 respecto de los servicios a su cargo, transcribiendo en las páginas web institucionales, el texto íntegro de la parte dispositiva del precitado decreto, a fin de que los usuarios y usuarias puedan realizar consultas y/o solicitar la inclusión en el régimen; todo ello, conforme lo estipulado respectivamente en los artículos 1°, 3°, 6° y 8° del Reglamento aprobado por Resolución Nº173/2020.

Asimismo, las empresas obligadas deberán informar a través de todas las redes sociales a través de las cuales se comuniquen con sus clientes y/o publiciten sus servicios, las disposiciones del DNU Nº311/2020 respecto de los servicios a su cargo.